Propuesta de COMUNICADO DEL FÓRUM DE POLÍTICA FEMINISTA SOBRE LA CONDENA A JUANA RIVAS 27 de julio de 2018
Consideramos injusta la condena por el Juzgado Penal nº 1 de Granada Juana Rivas a 5 años de cárcel y a 6 años de privación de la patria potestad sobre sus hijos, respondiendo a la demanda por ‘sustracción’ de los niños presentada por su expareja (condenado por malos tratos a Juana y privado de la custodia del hijo mayor en 2009), mientras la denuncia por violencia de género que presentó ella el 12.07.16 cumple más de dos años paralizada.
Hay un encarnizamiento judicial contra Juana Rivas, y forma parte de la reacción antifeminista y corporativista expresada también por los 750 jueces que el 11 de julio han presentado una queja ante el Consejo Consultivo de Jueces Europeos contra nuestra legítima protesta cívica por la sentencia por la violación de La Manada, que llaman "gravísima amenaza que se ha alzado contra la independencia judicial en España" “hasta llegar al linchamiento público" de la Audiencia Provincial de Navarra. Tampoco es imparcial la forma y el fondo de la sentencia contra Juana Rivas, que la culpa por hacer público su caso, que resuelve sin ser el juzgado competente sobre que es o no violencia de género, y que se adhiere casi en su totalidad a la petición de su expareja. Si pretende escarmentar en la carne de Juana a las feministas llamándonos “grupos de personas irreflexivas”, decimos que llevamos más de doscientos años reflexionando y saliendo a la calle, gracias a lo que hemos conseguido cambios, y seguiremos haciéndolo. Sí, reiteramos que ‘todas somos Juana’, por ella y todas las Juanas.
El artículo 117 de la Constitución dice que “La justicia emana del pueblo”, y se administra por Jueces imparciales, pero el poder judicial escucha poco a la mitad del pueblo, que somos mujeres, y el pueblo pide avances hacia la igualdad. Hace diez días que el Tribunal Supremo en la Sentencia 1263/2018 ha reconocido un mal funcionamiento de la justicia al no escuchar a la víctima de maltrato Angela González Carreño y a su hija, y no evitar con la debida diligencia que la niña fuera asesinada por su padre en 2003, cumpliendo, al fin, el Dictamen del Comité CEDAW de Naciones Unidas de agosto 2014, por hechos muy similares a los que estamos viviendo.
Hasta ahora las quejas de decenas de organizaciones feministas por la paralización durante dos años de la denuncia por violencia de género no han sido admitidas por el Consejo de Poder Judicial, la Fiscalía General o la de Violencia contra la Mujer, ni por la Delegación del Gobierno para la violencia de Género. Parece que sólo el Defensor del Pueblo entiende que un maltratador no es un buen padre.
Exigimos que se aplique sin más dilaciones al caso Juana Rivas el Convenio de Estambul (Convenio del Consejo de Europa de 2011 sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica), vigente en España e Italia, cuyo artículo 44.2 establece la competencia de los juzgados españoles en delitos de violencia de género cuando la víctima tenga nacionalidad española, y el artículo 23.4.l) 3º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, pues el presunto autor se encontraba en España en el verano 2017 y, después de la dilación de un año en España, la dilación de otro año en Italia es incompatible con la intención de hacerle comparecer.
